Declara INE Vacantes de Consejeros Electorales Suplentes en los 4 Distritos

INE

En sesión extraordinaria, el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en la entidad, integrado por la presidenta Lic. Ma del Refugio García López, las consejeras electorales Mtra. Lilia Ortiz García, Ma. Rosario Carlos Ruedas, Ma del Rosario Arelllano Valadez y Mtra. Catalina Gaytan Hernández, así como los consejeros Mtro. Humberto Rodríguez Badillo y el Lic. Gabriel Solís Nava, declararon el total de vacantes de consejeros electorales suplentes en los consejos distritales, además de acordar el procedimiento a través del cual se designarán las vacantes.

Las fórmulas con vacante son la Fórmula 2 del Consejo Distrital 01 con cabecera en Fresnillo, la Fórmula 1 del Consejo Distrital 03 con cabecera en Zacatecas y la Fórmula 6 del Consejo Distrital 04 con cabecera en Guadalupe.

El Consejo Local dio a conocer que para la integración de las propuestas para cubrir las vacantes de consejeros y consejeras suplentes de los Consejos Distritales, se debe de considerar a los aspirantes a consejeros electorales distritales que no fueron designados como tales en los acuerdos A05/ZAC/CL/06-12-11 y A03/INE/ZAC/CL/12-11-2014,  del Consejo Local y, que aún cumplan con los requisitos legales para desempeñar el cargo

Para la ocupación de  las vacantes y con el objeto de contar con la debida integración de las fórmulas de consejeros electorales establecidas, el Consejo Local determina que el método de elección de los consejeros suplentes se realizará basado en los principios certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

A partir del 21 de abril y hasta el 24 de abril de 2015, los consejeros electorales del Consejo Local revisarán los expedientes  de los aspirantes a Consejero Electoral Distrital registrados para designar a los consejeros electorales distritales para los procesos electorales 2011-2012 y 2014-2015 del Instituto Federal Electoral y del Instituto Nacional Electoral respectivamente e integrarán una Lista Preliminar de seis ciudadanos y ciudadanas por cada vacante declarada en el punto primero, para ser considerados en la integración del correspondiente Consejo Distrital.

Los consejeros electorales locales por conducto de la Presidenta del Consejo Local proporcionarán al Vocal Ejecutivo de las juntas distritales ejecutivas correspondientes, la Lista Preliminar de las personas propuestas para ser designados como consejeros electorales distritales suplentes  en su distrito, a más tardar el día 25 de abril de 2015.

Del 26 al 28 de abril de 2015, las juntas distritales ejecutivas integrarán los  expedientes correspondientes, conforme a las listas preliminares proporcionadas por los consejeros  electorales locales

A más tardar el 29 de abril 2015, las juntas distritales ejecutivas  enviarán a la Presidenta del Consejo Local los expedientes señalados en las listas preliminares. En el desarrollo de esta actividad, los consejeros electorales locales serán apoyados en la logística de recepción y preparación de los documentos por la Vocalía de Organización Electoral de la Junta Local Ejecutiva.

El 30 de abril de 2015, la Presidenta del Consejo Local remitirá a los consejeros del Consejo Local los expedientes digitalizados de las personas listadas preliminarmente y convocará a reunión de trabajo de carácter privado, para que estos revisen y verifiquen el cumplimiento de los requisitos legales de cada candidato a Consejero Electoral Suplente que ocupará las vacantes.

El día 6 de  mayo de 2015  se llevará a cabo la reunión privada  para analizar  los expedientes digitalizados  de los aspirantes a Consejero Electoral Distrital Suplente; con base en esa revisión, se integrarán Listas de Propuestas por cada Consejo Distrital, que se compondrán únicamente por tres propuestas  por cada cargo vacante.

El día 7 de mayo de 2015, la Presidenta del Consejo Local, hará entrega a los representantes de los partidos políticos ante el Consejo Local,  las propuestas a que se refiere el punto anterior y pondrá a su disposición los expedientes correspondientes, para sus observaciones y comentarios.

A partir de su recepción y hasta el  12 de mayo de 2015, los representantes de los partidos políticos podrán presentar por escrito ante la Presidencia del Consejo Local, sus comentarios y observaciones debidamente acreditadas a las propuestas que consideren que no reúnen los requisitos establecidos.

La Presidenta del Consejo Local remitirá las observaciones o comentarios, presentados por cada uno de los representantes de los partidos políticos a las y los consejeros electorales del Consejo Local, a más tardar el 13 de mayo de 2015.

La Presidenta del Consejo Local convocará a las y los Consejeros Electorales a las reuniones reunión de trabajo de carácter privado que resulten necesarias para que analicen las observaciones debidamente fundadas, presentadas por los representantes de los partidos políticos a las propuestas emitidas, para acordar lo conducente.

La Presidenta del Consejo Local y las y los consejeros locales integrarán las propuestas definitivas para cubrir las vacantes de los consejos distritales, atendiendo los siguientes criterios orientadores: Compromiso democrático; Paridad de Género; Prestigio público y profesional; Pluralidad cultural de la entidad; Conocimiento de la materia electoral; Participación comunitaria o ciudadana.

El Consejo Local, a más tardar el 20 de mayo de 2015, en sesión extraordinaria, designará a los consejeros electorales distritales suplentes.

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