El Consejo General de Instituto Electoral del Estado de Zacatecas aprobó mil 244 las plazas de personal eventual para el proceso electoral ordinario durante el ejercicio fiscal 2016. Las Plazas serán ocupadas en los 58 Consejos Municipales, 18 Consejos Distritales y en oficinas centrales. También se proyecta una eventual contratación de 250 plazas para la implementación de actividades específicas, como el conteo rápido; sin embargo, ello dependerá de los Convenios de Apoyo y Colaboración con el Instituto Nacional Electoral.
En Sesión Extraordinaria, la Presidenta de la Comisión del Servicio Profesional Electoral y de la Rama Administrativa, Dra. Adelaida Ávalos Acosta, explicó que de las plazas aprobadas, 243 son para el apoyo de actividades en oficinas centrales.
Además, 456 corresponden a Consejeras y Consejeros Electorales, Presidencia y Secretaría Ejecutiva de los 76 Consejos Electorales, y 545 plazas de personal de apoyo en los órganos desconcentrados.
Las plazas serán ocupadas, en su mayoría, durante los meses de enero a junio de 2016; sin embargo algunas otras serán exclusivamente para el desarrollo de actividades para el armado de los paquetes electorales, durante los meses de mayo a junio del próximo año.
Una vez aprobadas las plazas, el Consejo General ordenó a la Dirección Ejecutiva de Administración de la Junta Ejecutiva de esta autoridad administrativa electoral, proceda a realizar los trámites y previsiones necesarios para el cumplimiento de este Acuerdo.
Asimismo, se precisó que el artículo 67 de la Ley Orgánica, señala que los Consejos Municipales Electorales son los órganos temporales que se integran para cada proceso electoral, que tienen a su cargo la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral dentro de sus respectivos límites territoriales, en cada uno de los municipios de la entidad se integrará un Consejo Municipal Electoral que residirá en la población que sea su cabecera; deberán quedar instalados a más tardar la primera semana del mes de febrero del año de la elección y concluirán sus funciones al término del proceso electoral.
Además, el artículo 61 de la Ley Orgánica, establece que los Consejos Distritales y Municipales Electorales, respectivamente, se integrarán con: a) Un Consejero Presidente; b) Un Secretario Ejecutivo, y c) Cuatro Consejeros electorales, con sus respectivos suplentes.
Mientras que los artículos 64 y 67 de la Ley Orgánica, los Consejos Distritales y Municipales Electorales, son órganos desconcentrados del Instituto Electoral, que tendrán a su cargo la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, en su respectiva demarcación territorial, los cuales deberán quedar instalados dentro de la primer semana del mes de enero y febrero del año de la elección, respectivamente.
Asimismo, derivado de las reformas constitucionales y legales en materia electoral, se incorporaron nuevas áreas técnicas en la estructura orgánica funcional del Instituto Electoral, además en septiembre de 2015 se dio inicio con las actividades relativas al proceso electoral 2015-2016, por tanto, este Consejo General mediante Acuerdo ACG-IEEZ-033/VI/2015 aprobó las plazas de personal eventual para el proceso electoral durante el ejercicio fiscal 2015.
Por tanto, con la finalidad de continuar con el desarrollo de las actividades inherentes al presente proceso electoral, el Consejo General consideró necesario aprobar las plazas de personal eventual para el proceso electoral durante el ejercicio fiscal 2016; plazas que forman parte de la estructura orgánica-temporal que desarrollará y coadyuvará en dichas actividades.