El pleno del Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI) , resolvió multar a los alcaldes de Apulco y Juan Aldama, Daniel Donoso Rincón y Mario Garduño Galván respectivamente, haciéndolos acreedores a la sanción máxima 700 cuotas de salario mínimo (51 mil 128 pesos) por no publicar la información de oficio en la página de internet del municipio.
Así fue dado a conocer por los integrantes del Pleno del IZAI integrado por Norma Julieta del Río Venegas, Comisionada Presidenta, y los Comisionados, Raquel Velasco Macías y José Antonio de la Torre Dueñas. Con estas sanciones se convierten en unos de los ayuntamientos más reincidentes y omisos a los requerimientos del Instituto, puesto que suman 5 sanciones cada uno; mismas que han sido resultado de la clara desatención a las recomendaciones y acercamientos del IZAI para que los ciudadanos cuenten con la información publica.
Norma Julieta del Río, Comisionada ponente, explicó que el proceso administrativo contra Apulco inició en la evaluación del cuarto trimestre del 2015, en la que el sujeto obligado resultó con una calificación de 0, por lo que el Instituto procedió notificarle al municipio, sin obtener respuesta alguna.
Del Río Venegas, aclaró que previo a la sanción, se trató de asesorar y apoyar al municipio para evitar la multa pero el alcalde nunca atendió los requerimientos del Instituto, con lo que se demostró la nula disposición por lo que el Órgano Garante procedió a sancionarlo con 700 cuotas de salario mínimo (51 mil 128 pesos), las cuales deberá pagar con cargo a su patrimonio.
Los Comisionados mencionaron que en ambos casos se ha recurrido a diversas instancias para lograr que los sujetos obligados acepten la asesoría en la publicación de la información de oficio, pero sus administraciones se han caracterizado por el nulo acercamiento con el IZAI.
El Pleno acordó que se girara oficio a los titulares de la Contraloría municipal para los efectos legales y solicitar a la Secretaría de Finanzas un informe para ver la situación de las sanciones anteriores con la finalidad de entregar un informe a la ciudadanía sobre la situación de las mismas.
En la sesión se modificaron dos respuestas dadas por la Secretaria de Desarrollo Social del estado (SEDESOL) en las que argumentó no ser la dependencia indicada para entregar la información, en ambos recursos efectivamente se verificó dicha situación , sin embargo el Pleno determinó que si bien la información no está en su poder debe apoyar al ciudadano informar sobre los programas para combatir la pobreza que instrumentó el gobierno del estado para combatir la pobreza en el periodo 1998-2004 y 2004-2010, en un plazo no mayor a 3 y 5 días respectivamente.