En sesión ordinaria de Pleno Norma Julieta del Río Venegas, Comisionada Presidenta, y los Comisionados Raquel Velasco y Antonio de la Torre determinaron que la Secretaría de Seguridad Pública deberá entregar información curricular del titular a cargo, declararon sobreseído un recurso en contra del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas y dieron plazo de 3 días al Ayuntamiento de Jalpa en su administración 2013-2016 para entregar información relativa a finiquitos, bonos y gratificaciones.
El 25 de noviembre del 2016 se interpuso ante el instituto el recurso de revisión derivado de la solicitud de información, en donde el Ayuntamiento de Jalpa está obligado a entregar el listado de finiquitos, bonos y gratificaciones que recibieron el alcalde, síndica, directores y encargados de área al finalizar la administración, y el día de hoy el pleno en sesión ordinaria resolvió que en un plazo de 3 días, Jalpa deberá entregar dicha información.
El recurso de revisión se originó luego de que el solicitante argumentó que no le proporcionaron información respecto a todos los funcionarios de la pasada administración municipal, ni el desglose de los diferentes conceptos que conforman el pago del finiquito laboral.
En su defensa el Ayuntamiento aclaró que no son hechos propios de la administración actual y que al consultar los archivos electrónicos del departamento de tesorería municipal, se desprendieron solo los datos que fueron proporcionados al solicitante, manifestando que aún existen trabajadores que mantienen una relación de trabajo con la actual administración y que por ende, siguen generando derechos y prestaciones laborales.
Durante el análisis del caso se desprendió que, de acuerdo al organigrama del ayuntamiento, no se entregó la información completa relacionada con el pago de finiquito laboral y prestaciones de 14 funcionarios, por lo que se ordenó al municipio entregar la información en un plazo no mayor a 3 días.
Para el segundo recurso del día, el Pleno determinó el mismo tiempo para que la Secretaría de Seguridad Pública de Zacatecas (SSP) entregue el currículum y trayectoria de su titular, Froylán Carlos Cruz, luego de que la respuesta entregada fuera incompleta.
En primera instancia la SSP remitió al solicitante al portal de transparencia de la Secretaría General de Gobierno; en donde se pude ver una semblanza curricular del funcionario, sin embargo es insuficiente para considerar que la información cumple con la solicitud de la ciudadana.
La ponencia de los recursos fue de Raquel Velasco y en ambos casos el Pleno determinó que en caso de que el sujeto obligado no cuente con dicha información tendrá que generarla, ya que de acuerdo con el artículo 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, la información solicitada está catalogada como una obligación de transparencia por lo que debe estar en el portal electrónico para su consulta inmediata.
Norma Julieta del Río Venegas expuso el último recurso de la sesión en contra del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas derivado de una solicitud sobre su personal, las funciones que realiza, grado académico y salario mensual.
Como primer respuesta el Tribunal entregó datos referentes a funcionarios, su fecha de ingreso y actividades que realizan, sin embargo la solicitante se inconformó debido a que no recibió las retribuciones económicas y nivel de estudios. Una vez interpuesto el recurso de revisión el sujeto obligado cumplió y complementó la información a solicitud del IZAI y de esta manera el recurso fue sobreseído como lo establece el artículo 184 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Zacatecas.
Del Río Venegas invitó a los sujetos obligados a cumplir con sus obligaciones de transparencia, ya que aseguró que el acceso a la información inhibe la corrupción y es una herramienta de vigilancia ciudadana.