David Monreal Ávila y Mario Delgado Carrillo senadores de la República instaron a los gobiernos de Baja California, Chihuahua, Colima, Jalisco, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz, así como a sus legislaturas locales a que lleven a cabo las adecuaciones normativas necesarias a fin de crear el marco legal de los sistemas locales anticorrupción.
Luego de señalar que desde el pasado en México la corrupción de los funcionarios ha dañado la imagen de las diversas instituciones públicas, así como su credibilidad ante la sociedad, coincidieron en señalar que ello se trata de un fenómeno multifacético, cuyas consecuencias repercuten en todos los ámbitos de forma severa.
Por ello, acotaron los legisladores federales, el hacerle frente a este cáncer en todos los niveles de gobierno, más que una moda discursiva, es una tarea urgente y necesaria. Se debe perseguir la corrupción cometida por cualquier persona sin importar que sea servidor público o particular, así como toda conducta vinculada con hechos de corrupción en perjuicio del patrimonio del Estado.
Como parte del reclamo social contra actos deshonestos de quienes entienden el servicio público como el sendero más corto a la riqueza y un trampolín para servirse de la sociedad y no servir a ella, es que cobró fuerza el diseño institucional del llamado Sistema Nacional Anticorrupción.
Al respecto refirieron que el pasado 27 de mayo de 2015, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción.
Y señalaron que el artículo cuarto transitorio del multicitado decreto, estableció que el Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México, deben, en el ámbito de sus respectivas competencias, expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor de las leyes generales a que se refiere segundo transitorio.
David Monreal Ávila precisó que ha pasado un año, así que ya se ha cumplido el plazo, y parece que esta responsabilidad, pese a la importancia del tema, fue un llamado a misa para las autoridades locales. Al día de hoy, son siete entidades que no han cumplido a tiempo con la creación de las leyes de sus Sistemas Locales Anticorrupción, éstas son: Baja California, Chihuahua, Colima, Jalisco, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz.
En el caso de Chihuahua y Veracruz, no se han aprobado aún las reformas constitucionales que dan paso a la creación de las leyes para el funcionamiento del Sistema local Anticorrupción. Por su parte, Baja California, Colima, Jalisco, Tabasco y Tlaxcala, no cuentan con la ley local en materia de Sistema Anticorrupción, de Responsabilidades Administrativas y del Tribunal de Justicia Administrativa, a pesar de ya haber reformado su Constitución.
Por eso, es necesario, arguyó Mario Delgado, que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, exhorte a los gobiernos estatales y a las Legislaturas locales de Baja California, Chihuahua, Colima, Jalisco, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz, a que en el ámbito de sus respectivas competencias y en pleno cumplimiento a los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación en materia del Sistema Nacional Anticorrupción, realicen las reformas constitucionales, expidan las leyes y hagan las adecuaciones normativas correspondientes, a fin de crear el marco legal de los Sistemas Locales Anticorrupción.
Apremia que en el país impere la vocación de servicio público, esto es, el compromiso donde el funcionario tenga la disposición de servir a la colectividad y no servirse de ésta, para lo cual, hay que generar códigos y actitudes de comportamiento en el campo donde despliega su labor, los cuales deben estar marcados por una gama de valores que orienten la función como: la vocación de servicio, la honestidad, la responsabilidad, la pulcritud, el decoro y la transparencia, finalizaron.