Los integrantes del Honorable Cabildo de Zacatecas, de manera unánime, decidieron dejar sin efecto la licencia de alcohol que tenía un restaurante-bar ubicado en la Alameda Trinidad García de la Cadena; a partir del próximo lunes, dicho establecimiento no podrá ofertar bebidas alcohólicas.
Durante la sesión extraordinaria número siete, el regidor César Antonio Sánchez Barajas, presidente de la Comisión Edilicia de Mercados, Centros de Abasto y Comercio, expuso ante el pleno el dictamen que elaboraron los integrantes de dicha comisión, relativo a una sentencia emitida por el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, hoy Tribunal de Justicia Administrativa.
Dicha sentencia derivó del juicio número 0467/2015-I, en relación al punto de acuerdo AHAZ/475/2015, emitido el 14 de mayo de 2015, en el que se autoriza el cambio de domicilio de la licencia para venta de alcohol número 60131, al ubicado en la Alameda Trinidad García de la Cadena 402, de fecha 30 de abril de abril de 2015.
En su lugar, el tribunal ordena que se realice una nueva dictaminación, en la que, para decidir sobre la solicitud de la empresa, respecto del cambio de domicilio, se tome en cuenta la opinión de los vecinos; cabe destacar que la determinación del tribunal no va en el sentido de clausurar el establecimiento, sino para que, una vez revocado el punto de acuerdo inicial, se emitiera uno nuevo tomando en cuenta, ahora sí, el parecer de los vecinos.
De tal manera que el ayuntamiento, como órgano colegiado, debió realizar el mismo procedimiento que hizo para la aprobación de aquél punto de acuerdo, por así estar previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica del Municipio vigente, por lo que, luego de que la comisión edilicia sesionara, se consensó la propuesta de revocación del punto en comento, mismo que fue aprobado por todos los regidores.
Sánchez Barajas detalló que la comisión realizó una revisión exhaustiva del expediente y de la situación jurídica para poder tomar una decisión con relación a la solicitud que hicieron los vecinos de la alameda; el martes la comisión fue notificada y este jueves se decidió por la revocación del punto de acuerdo dictaminado en 2015.
Aclaró que la denuncia de los vecinos motivó la determinación del ayuntamiento, “era una total mentira que la presidenta pudiera emitir una orden inmediata de clausura pues se estaría violando al máximo órgano de esta autoridad, que es el cabildo; se revoca el punto de acuerdo por lo cual queda sin licencia el establecimiento, se atiende la orden judicial y se solicitó a la Secretaría de Finanzas que proceda conforme a derecho”.
Al respecto, la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal, notificará este jueves y tras un día hábil, quedará sin efectos la licencia, es decir, a partir de este lunes, dicho establecimiento no podrá expender bebidas alcohólicas.
El regidor puntualizó en que dado que se negó un amparo de una sentencia definitiva, los propietarios del establecimiento están en su derecho de proceder de la manera legal como crean conveniente, “nosotros estamos cerrando este ciclo, el proceso en lo que nos compete, que es acatar la resolución del tribunal”.
Los regidores de las diversas fracciones, así como la presidenta municipal Judit Guerrero y el síndico José Encarnación Díaz, se pronunciaron por acatar la ordenanza judicial y por atender la inconformidad de los vecinos del lugar, ya que no fueron tomadas en cuenta sus inquietudes con antelación.
CRONOLOGÍA
1) El 28 de diciembre de 2015 Las Cervezas Modelo en Zacatecas S.A. de C.V. presentó la solicitud y expediente para cambio de domicilio de la licencia número 60131, misma que se ubicaría en Alameda Trinidad García de la Cadena, número 402, colonia Centro, ya que al ser la concesionaria de la licencia es la indicada para promover cualquier tipo trámite ante la Presidencia Municipal.
2) El C. Eulogio Inguanzo Valdez, representante del Comité de Vecinos de Calle Fernando Villalpando y Anexas A. C., promovió el juicio de nulidad con número de expediente 0467/2015-1, eng contra del Punto de Acuerdo AHAZ/475/2015 emitido el 30 de abril de 2015, en el que se autoriza la solicitud de cambio de domicilio de la licencia, debido a que existe inconformidad de la mayoría de los vecinos del lugar para que se instalen negocios que consideran que alteran el orden público.
3) Del juicio se desprende la sentencia que obliga al H. Ayuntamiento a que, primero, revoque el punto de acuerdo AHAZ/475/2015 emitido el 30 de abril 2015 y dicte nueva determinación en la que, para decidir la solicitud de la empresa tercero interesada, tome en cuenta la opinión en contrario de los vecinos.
4) El 12 de julio de 2016, la empresa, y que tiene carácter de tercero interesado, promovió el juicio de amparo directo marcado con el número 792/2016-2 ante el Tribunal Colegiado del Trigésimo Tercer Distrito, mediante el cual solicitó el amparo y protección de la justicia federal, misma que le fue negada y que consta en sentencia dictada el 22 de julio de 2017.
5) El 5 de septiembre del presente, a la Comisión de Mercados, Centros de Abasto y Comercio le fue turnada, mediante el memorándum PMZ/320/2017, copia simple del fallo dictado por el Tribunal Administrativo, así como del acuerdo correspondiente, en el que se le notifica al H. Ayuntamiento que cuenta con tres días hábiles para dar cumplimiento a la sentencia.
6) El 6 de septiembre del presente, dicha comisión sesionó teniendo como punto medular el tema en cuestión y emitió el respectivo dictamen.
7) El 7 de septiembre del presente, y tal y como lo exige la sentencia de mérito, en sesión extraordinaria de cabildo y con votación unánime, el pleno del cabildo, revocó el punto de acuerdo AHAZ/475/2015 dejando con ello sin efecto el cambio de domicilio ahí determinado. Asimismo, se emitió una nueva consideración donde este cambio de domicilio se niega por considerar que el orden y la paz sociales son ejes prioritarios de la administración actual.