En el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, sesión extraordinaria, aprobó la convocatoria y las bases de la licitación pública estatal para la adquisición de material electoral que se utilizará en el Proceso Electoral 2017-2018, para la renovación del Poder Legislativo así como de los Ayuntamientos de los 58 Municipios de la Entidad.
La empresa con la que se celebre el contrato para la elaboración del material electoral, determinó el Consejo General, deberá cumplir con los requerimientos indispensables para poder llevar a cabo la producción de los materiales que se utilizaran en el Proceso Electoral 2017-2018, y deberá garantizar al Instituto Electoral: la calidad del producto; seguridad en el proceso de elaboración; seguridad y oportunidad en la entrega; y costo adecuado.
Para ello, se deberá observar lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de Elecciones, Capítulo VIII denominado “Documentación y Materiales Electorales”, en donde se precisan las directrices generales para llevar a cabo el diseño, impresión producción, almacenamiento, supervisión, distribución y destrucción de los documentos y materiales electorales utilizados en los procesos electorales federales y locales, tanto ordinarios como extraordinarios, así como para el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero.
Asimismo, establece que la documentación y materiales electorales correspondientes a las elecciones locales, podrán contener aquellos elementos adicionales que mandaten las legislaciones estatales, siempre y cuando no se contrapongan a lo previsto por el Capitulo de referencia y el Anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones.
Lo anterior, en virtud de que serán 29 los Estados que llevarán a cabo procesos electorales concurrentes y que requerirían material electoral, es necesario que el Instituto electoral contrate a la empresa que se encargará de producir el material electoral, a efecto de que pueda contar con el mismo con la anticipación necesaria para desarrollar las actividades que se tienen programadas para el proceso electoral.
Asimismo, el Comité de Adquisiciones del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas tomó en cuenta los tiempos de entrega de las empresas que puede ser de hasta dos meses.
Por otra parte, se valoró que el Instituto Electoral debe contar con el material a mas tardar el 13 de abril del presente año para estar en condiciones de llevar a cabo el armado de materiales electorales, como lo es la caja contenedora de material electoral, para este en condiciones de enviar a mas tardar en el mes de mayo los materiales electorales a los Consejos Distritales y Municipales.
En otro punto del orden del día, el Consejo General del IEEZ resolvió que por el incumplimiento a la normatividad electoral, se impone a la otrora Organización de Ciudadanos “Movimiento Dignidad Zacatecas, A.C.”, ahora Partido Movimiento Dignidad Zacatecas, la siguiente sanción:
Por la irregularidad de forma que derivó de la observación identificada con el número “1”, correspondiente al informe financiero del mes de julio de 2017, al omitir presentar documentación comprobatoria que diera soporte a las erogaciones que efectuó por la cantidad de 5 mil pesos, se le impone una amonestación pública. Por lo que se amonesta públicamente al Partido Movimiento Dignidad Zacatecas, para que se abstenga de realizar conductas que en el futuro atenten contra las disposiciones en materia de fiscalización electoral y se le exhorta para su cabal cumplimiento.