Ante la urgencia de adecuar la norma jurídica procesal agraria a la realidad del campo mexicano, el senador José Narro Céspedes presentó una iniciativa para crear el Código de Procedimientos Agrarios que pretende modernizar de manera integral el sistema jurídico agrario.
Detalló la necesidad de rescatar al campo dado que este sector es fundamental y porque en la Cuarta Transformación es muy importante.
En materia agraria, explicó, es necesario que el juzgador desempeñe una función jurisdiccional activa, tanto por las condiciones socioeconómicas imperantes como por la complejidad y especificidades de las disputas que involucran inmuebles rústicos ejidales y/o comunales. En el juicio que en esta Iniciativa se propone, continuó, el magistrado goza de amplia libertad para impartir justicia, a tal grado que puede comprimir etapas procesales y acelerar actuaciones para resolver los conflictos de manera pronta y expedita.
El legislador del Grupo Parlamentario de Morena detalló que a través de la promulgación del Código de Procedimientos Agrarios se podrá establecer un procedimiento específico para resolver los litigios de orden agrario que se suscitan en el campo.
Además, pretende reforzar la naturaleza social del juicio agrario y la competencia de los órganos jurisdiccionales.
El presidente de la Comisión de Agricultura puntualizó que su iniciativa propone un procedimiento básicamente oral, alejado de las formalidades excesivas del juicio de estricto derecho y de la lentitud inherente al sistema escrito. Otorgará al órgano jurisdiccional amplias facultades para conducir el proceso e impartir justicia.
El Código de Procedimientos Agrarios está compuesto de 203 artículos, distribuidos en 5 títulos que se subdividen en capítulos, precisó.
José Narro presentó también un proyecto para crear la nueva Ley Federal Agraria al considerar que actualmente hay numerosas lagunas y deficiencias en la legislación que vulneran derechos individuales y sociales de los sujetos agrarios.
También fomentan la comisión de abusos e injusticias en perjuicio de las familias de ejidatarios y comuneros, a través de las disposiciones que regulan la propiedad, las sucesiones, el usufructo y los contratos, señaló.
Se trata de expedir una ley puramente agraria, recalcó, es decir un ordenamiento que se ocupe sólo de regular los diversos regímenes de tenencia que conforman el sistema de propiedad de la tierra (privado, colonial, ejidal, comunal y público), así como las instituciones jurídicas básicas de los modelos de propiedad ejidal y comunal (familia, sucesiones, contratos y usufructo).