Por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas presidido por el Magistrado Arturo Nahle García, acordó ampliar la suspensión parcial de labores al 31 de mayo, entrando en vigor a partir el 06 de mayo del año en curso.
Por lo anterior y afirmando que la impartición de justicia es una actividad esencial que obliga a proporcionar el servicio a la población zacatecana con las restricciones y cuidados debidos, a partir de esta fecha se establece un nuevo esquema de trabajo para los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del Estado basado en lo siguiente:
1.- Se amplía el catálogo de asuntos considerados como “urgentes” en materia Penal y Familiar (por ejemplo divorcios voluntarios y Jurisdicciones Voluntarias en las que no hay Litis, o sea que no hay controversia).
2.- Los Juzgados en materia Civil y Mercantil podrán recibir demandas nuevas y resolver los asuntos que quedaron justamente en estado de resolución.
3.- Los Magistrados de las Salas Civiles y Penales podrán sesionar y publicar sus resoluciones.
4.- Las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, tanto Penales como Civiles y de lo Familiar, continuarán con el estudio de recursos y elaboración de proyectos mediante comunicación electrónica de las y los Magistrados con sus secretarios de estudio y cuenta.
5.- El Centro de Justicia Alternativa de los distritos judiciales de Zacatecas, Fresnillo y Jerez también podrá atender asuntos cuando así se lo soliciten ambas partes.
6.- El Centro de Convivencia Familiar Supervisada (CECOFAM) de los distritos judiciales de Zacatecas, Fresnillo y Jerez, atenderá por teléfono casos de crisis.
7.- La Escuela Judicial continuará impartiendo la Maestría en Derecho Civil y otros cursos pero por videoconferencia.
8.- Todo será a través de guardias no superiores a 3 servidores públicos por Juzgado y observando las disposiciones de sana distancia y filtros sanitarios.
9.- Seguirán suspendidos los plazos y términos procesales, salvo los constitucionales.
10.- Los Actuarios y Notificadores seguirán sin hacer notificaciones personales en domicilios.
11.- La Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia del Estado y las áreas bajo su mando contarán con el personal de guardia necesario para el desarrollo de las actividades de su competencia y ejecutará las medidas de control sanitario dispuestas en el presente Acuerdo General.
12.- Quedan exceptuados de hacer guardias mayores de 60 años, enfermos, embarazadas o mujeres con hijos que no tienen con quien dejarlos.