El 8 de diciembre la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sesionará para resolver la impugnación presentada por el Partido Político Nacional Fuerza por México.
Fuerza por México nace como Partido Político Nacional, con la realización de 26 asambleas estatales a lo largo y ancho del país, mismas que se realizaron en menos de tres meses, gracias al respaldo de más de trescientas mil personas que se afiliaron a este nuevo proyecto político.
El pasado 30 de septiembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la pérdida de registro de los Partidos Políticos Nacionales Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, en la jornada electoral realizada el 6 de junio.
Fuerza por México consideró que el pasado proceso electoral. no se tuvieron condiciones de equidad en la contienda, por lo que en su derecho y apegado a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General del Sistema de
Medios de Impugnación, el presidente del Comité Ejecutivo Nacional Gerardo Islas
Maldonado, presentó el día 4 de octubre el Recurso de Apelación SUPRAP420/2021 ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El recurso de apelación refiere a que existieron alteraciones sustanciales al proceso electoral derivado de la pandemia por el COVID-19. La autoridad electoral, si bien suspendió labores durante un tiempo por la emergencia sanitaria, no modificó el calendario electoral, en tanto que sí modificó el calendario de registro de partidos políticos de nueva creación.
Lo anterior, motivó que los partidos políticos de nueva creación, como es el caso de Fuerza por México, iniciaran con retraso las actividades previas al inicio del proceso electoral, mismas que son necesarias para la subsistencia de los partidos y para lograr una contienda en igualdad de circunstancias.
La fecha para el otorgamiento del registro de los partidos políticos de nueva creación debió surtir efectos a más tardar en el mes de julio del año previo de la elección, en este caso se modificaron las fechas para que fueran en la primera semana de septiembre. Sin embargo, para Fuerza por México ocurrió hasta el 19 de octubre del 2020, lo que significa 43 días posteriores al inicio del proceso electoral federal 2020-2021 y 111 días después del límite para el otorgamiento del registro señalado por la ley.
Fuerza por México solicita la interpretación de la norma constitucional del tres por ciento mínimo para la obtención del registro, atendiendo al derecho fundamental de igualdad en términos de lo señalado en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y señala que la incidencia de la pandemia no motivó que los partidos políticos de nueva creación realizaran una campaña normal, lo que benefició a los partidos existentes y ya posicionados entre los votantes.
Fuerza por México se ha conducido con apego a la ley y cumpliendo en tiempo y forma el ingreso del Recurso de Apelación, así como el asistir a las audiencias de alegatos virtuales con los magistrados que por ley otorga el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y que se han realizado desde el 30 de noviembre y que siguen su curso conforme a la ley
En Fuerza por México estamos seguros de que la razón jurídica está de nuestro lado y que es respaldada por las miles de personas que confían en el futuro de nuestro proyecto como partido político.
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