Con La Reforma Electoral, Mayor Fiscalización a Partidos Políticos

IEEZ

Los impactos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos en la Fiscalización Electoral, genera mayor flujo de informes a revisar de campañas electorales en poco más de 2 meses, explicó Selene Márquez Hernández, Directora de resoluciones y Normatividad de la Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, durante su participación en el Ciclo de Conferencias La Transición al Sistema Nacional Electoral.

 

En las actividades de este día del Ciclo de Conferencias La Transición al Sistema Nacional Electoral, estuvieron presentes la Dra. Leticia Catalina Soto Acosta, presidenta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas; el Subsecretario de Desarrollo Político de la Secretaría General del Gobierno del Estado de Zacatecas, Miguel Rivera Sánchez, además de las Consejeras y Consejeros Electorales Brenda Mora Aguilera, Rocío Posadas Ramírez; Joel Arce Pantoja, Otilio Rivera Herrera, Felipe Andrade Haro y José Manuel Carlos Sánchez. Así como dirigentes y representantes de los partidos políticos.

 

El Ciclo de Conferencias “La Transición al Sistema Nacional Electoral” es organizado de manera conjunta por la LXI Legislatura del Estado de Zacatecas, Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, Tribunal de Justicia Electoral, Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

Durante la conferencia dictada por la maestra Selene Márquez Hernández explicó que en el Instituto Nacional Electoral se proyecta una carga de trabajo para revisar 10 mil 292 informes de los procesos electorales en las diferentes entidades federativas, además de 3 mil informes del proceso electoral federal.

 

Sin embargo, si existieran 2 precandidatos por cada cargo de elección, el número de informes se incrementaría a 39 mil 876, sin considerar candidaturas independientes, coaliciones y observadores electorales.

 

Mencionó además que de conformidad con el artículo 196 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), se establece que la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización es el órgano que tiene a su cargo la recepción y revisión integral de los informes que presenten los siguientes sujetos obligados.

 

Los sujetos obligados son: Agrupaciones Políticas Nacionales, Organizaciones de Ciudadanos que pretendan constituirse como partidos políticos nacionales, Agrupaciones de Observadores electorales nacionales, Candidatos (federales y locales), Partidos políticos (federales y locales), Aspirantes a candidatos independientes.

 

Además de las empresas encuestadoras, ya que el artículo 213, numeral 3 y 222 de la LGIPE establece la obligación de las empresas encuestadoras de presentar un informe sobre los recursos utilizados en sus sondeos de opinión o encuestas.

 

La Directora de resoluciones y Normatividad de la Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral también se refirió al Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE/CG93/2014 por el cual se determinan normas de transición en materia de fiscalización.

 

En este caso, explicó que los objetivos de este acuerdo se encuentra el sentar las bases para garantizar la continuidad en el ejercicio de la facultad fiscalizadora; garantizar la legalidad y certeza de las actuaciones de la autoridad electoral en sus distintos ámbitos de competencia, y resolver inquietudes de los partidos y autoridades a nivel local y federal, respecto al contenido y alcance de los artículos transitorios contenidos en la LGIPE.

 

Por su parte, el Dr. Octavio Ramos Ramos, magistrado de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) habló sobre el sistema de la representación política y sobre la reelección en México, con motivo de las reformas constitucionales en materia político electoral.

 

Al referirse a la representación proporcional, que se enmarca en la representación política, dijo que para tener acceso a la representación proporcional ahora los partidos políticos deberán de contar al menos con el 3 por ciento de la votación válida emitida en los procesos electorales.

 

Consideró además que desde un punto de vista académico, el incremento del 2 al 3 por ciento de la votación, para tener derecho a la representación proporcional, viene a fortalecer a los grupos con mayor presencia en la sociedad.

 

Dijo también que este tema incide en la asignación de recursos, como las prerrogativas a los partidos políticos, ya que también se incrementan los requisitos para tener ese derecho.

 

El Magistrado Octavio Ramos destacó el tema de la reelección de diputados y senadores, que se plasma en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dijo que los Senadores se podrán reelegir  hasta por un período más, para durar en el cargo hasta 12 años.

 

En tanto que en la reelección de diputados federales, se contempla que los legisladores se podrán reelegir y durar en el cargo 4 períodos de 3 años cada uno. En el caso de la legislación de Zacatecas el legislador determinó que los diputados y los representantes de los ayuntamientos podrán reelegirse por un período.

 

Por último, se dio a conocer que el ciclo de Conferencias La Transición al Sistema Nacional Electoral continuará el próximo 14 de agosto del presente año con el tema: nuevo paradigma de la justicia intrapartidaria, además, se abordará lo referente al voto de los mexicanos en el exterior.

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