La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública (CEAIP) resolvió que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) debe transparentar a cuánto asciende la deuda del Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas (Cobaez) con este organismo, dato que ha negado desde el 5 de septiembre a un ciudadano al clasificarla injustificadamente como reservada y confidencial, motivo que dio lugar a la inconformidad del solicitante ante el organismo.
En sesión extraordinaria, los comisionados presidente Jaime Cervantes Durán, Raquel Velasco Macías y el también comisionado José Antonio de la Torre Dueñas, dieron un plazo de cinco días para que el director Víctor Manuel Rentería López entregue la cifra al solicitante y seis para que envíe el oficio de cumplimiento a la CEAIP. Debe precisar el monto del adeudo hasta el 31 de julio del año en curso.
En la reunión del pleno de esta fecha, los comisionados decidieron sobreseer el expediente derivado de la queja en contra del procurador general de Justicia del Estado, Arturo Nahle García, interpuesta por el ciudadano Daniel Ruiz, quien al solicitar el monto del sueldo, bonos y compensaciones que recibe el funcionario, inicialmente recibió como respuesta que se trataba de información confidencial, aunque rectificó y canalizó al interesado al portal de Transparencia del Gobierno del Estado, a través de la liga electrónica con la Secretaría de Administración.
CASO ISSSSTEZAC
El Issstezac argumentó que la información que le fue solicitada es reservada, debido a que hay procedimientos judiciales pendientes por resolverse ante autoridades competentes, además de que al otorgar la información requerida por el ciudadano se podría dañar el proceso de defensa del Cobaez, en calidad de tercero interesado en la causa.
Para los comisionados, el Issstezac no justificó ni acreditó legalmente con las pruebas documentales presentadas durante el procedimiento de desahogo, el presunto impedimento por motivos judiciales, ya que lo presentado resultó ajeno a la solicitud, así como tampoco, para clasificar el monto del adeudo del Cobaez como información confidencial, lo que la ley en la materia echa abajo.
En ese sentido, la CEAIP también rechazó que el dato solicitado sea un asunto de carácter reservado al no constituir alguna amenaza en términos de la ley, además de que no es procedente en el caso la figura del tercero interesado. Por consiguiente, el director del Issstezac tiene que entregar la información requerida por el ciudadano en los plazos fijados, ya precisados.
CASO PROCURADOR ARTURO NAHLE
Los comisionados sobreseyeron el caso del recurso de revisión interpuesto en contra del procurador Arturo Nahle García y subprocuradores de la dependencia.
Si bien en un primer momento la PGJE señaló que los datos eran información confidencial y deberían ser solicitados a la Secretaría de Administración, en una segunda respuesta el procurador Nahle, en el afán de no contribuir a la opacidad, según manifestó en su contestación, precisó la manera en que la información pedida llegaría al solicitante mediante el acceso al portal del Poder Ejecutivo, en específico http/transparencia.zacatecas.gob.mx/dependencia.
El procurador pidió a la CEAIP se le tuviera por presentada la respuesta que comprobó haber entregado al ciudadano el pasado 9 de octubre.
El último procedimiento realizado por CEAIP en dicho caso fue preguntar al solicitante si considerada satisfecha su demanda de información, en tanto el pasado 15 venció el plazo para su contestación sin que hubiese respuesta, por lo que conforme a la ley fue sobreseído y declarado como asunto concluido.