El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en sesión extraordinaria, aprobó las Reglas Generales para la Celebración de Debates en el Estado de Zacatecas, para el Proceso Electoral 2017-2018; en donde se establecen formatos más flexibles y con la participación ciudadana para formular las preguntas a las y los candidatos.
En los Consejos Distritales y Municipales Electorales se han presentado 18 solicitudes para la celebración de debates, por parte de los candidatos de diversos partidos políticos, coaliciones y Candidatos.
Al hacer la presentación del proyecto de acuerdo, la Dra. Adelaida Ávalos Acosta, Presidenta de la Comisión de Comunicación Social, dijo que el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas reconoce que los debates son un elemento importante para la difusión y confrontación de las ideas, así como de las plataformas electorales y los programas de los candidatos a cargos de elección popular.
Por lo tanto, es preciso alentar y apoyar su celebración en el marco de la normativa aplicable, asegurando el más amplio ejercicio de la libertad de expresión y de argumentación, con la finalidad de promover el ejercicio del voto libre, informado y razonado de la ciudadanía.
Además, señaló que con la finalidad de establecer las reglas generales que deberán llevarse a cabo para la realización de los debates entre las candidatas y los candidatos a los distintos cargos de elección popular, en los términos de las normas de la materia, se elaboraron las Reglas Generales para la Celebración de Debates en el Estado de Zacatecas, para el Proceso Electoral 2017-2018.
Precisó además que las Reglas Generales para la Celebración de Debates en el Estado de Zacatecas para el Proceso Electoral 2017-2018 tienen por objeto implementar los mecanismos para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 218, numerales 4, 5 y 7 de la Ley General de Instituciones; 303, numeral 2, 304, 305, numeral 1, inciso d), 306, 311, 312 y 314 del Reglamento de Elecciones y 169 numerales 1 y 2 de la Ley Electoral.
Lo anterior, a efecto de establecer las bases para la organización y ejecución de los debates entre las candidatas y candidatos de partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, con apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad, equidad y máxima publicidad.
También, para definir temas, el orden de participación en el debate, las atribuciones de la persona encargada de la moderación, así como los apoyos de los que podrán valerse las candidatas y los candidatos; sin perjuicio de otras sugerencias que pudieran resultar útiles para la realización de los debates.
Las Reglas Generales de mérito contienen, entre otros, los tópicos siguientes: las atribuciones que, para los efectos de las Reglas Generales, tendrán el Consejo General, la Comisión de Comunicación Social, las Presidencias y Secretarías Ejecutivas de los Consejos Electorales General, Distritales y Municipales.
Así como las condiciones mínimas para la realización del debate; las etapas del debate; temática del debate; formato de los debates; requisitos para fungir como moderadora o moderador; funciones y prohibiciones de la moderadora o moderador; difusión de los debates, y la transmisión de los debates.