El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, declaró la pérdida del registro como Partidos Políticos Locales al Partido Paz para Desarrollar Zacatecas, Partido Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo, por no haber obtenido por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en las elecciones locales de Diputados y Ayuntamientos celebradas el 1 de julio de 2018.
Por lo anterior, a partir de la aprobación de las correspondientes resoluciones, se extingue la personalidad jurídica de los Partidos Políticos Locales Paz para Desarrollar Zacatecas, Partido Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo.
Además, como consecuencia, pierden todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Federal; la Ley General de Partidos; la Constitución Local y la Ley Electoral, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2018, que deberán ser entregadas por el Instituto Electoral al Interventor respectivo, de conformidad con lo establecido por el artículo 389, numeral 2 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral. Para tal efecto, se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración de la Junta Ejecutiva, para que proceda a realizar los trámites y previsiones que resulten necesarios para el cumplimiento de esta Resolución.
También, el Consejo General instruyó a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva, proceda a cancelar en los archivos respectivos, el registro de los Partidos Políticos Paz para Desarrollar Zacatecas, Partido Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo, así como de los representantes de los referidos partidos políticos locales ante el Consejo General del IEEZ.
Una vez que hayan quedado firmes las correspondientes Resoluciones, la interventora responsable del control y vigilancia directa del uso y destino de los recursos y bienes de los Partidos Políticos Locales, iniciará con el procedimiento de liquidación de su patrimonio de conformidad con lo establecido en el Libro Séptimo del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
Sin embargo, los dirigentes Partidos Políticos Locales Paz para Desarrollar Zacatecas, Partido Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos y el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.
En la Elección de Diputados del domingo 1 de julio de 2018 el Partido Político PAZ para Desarrollar Zacatecas obtuvo el 2.08 por ciento de la Votación Válida Emitida; Movimiento Dignidad el 0.90 por ciento, y el Partido del Pueblo el 0.84 por ciento.
Mientras que en la Elección de Ayuntamientos, el Partido Político PAZ para Desarrollar Zacatecas obtuvo el 2.38 por ciento; Movimiento Dignidad el 0.88 por ciento, y el Partido del Pueblo el 0.86 por ciento de la Votación Válida Emitida.
De lo anterior se desprende que no obtuvieron por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en ninguna de las elecciones de Diputados y Ayuntamientos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, y se ubican en la causal prevista en los artículos 94, numeral 1, inciso b) de la Ley General de Partidos; 43, párrafo noveno, fracción II de la Constitución Local y 73, fracción II de la Ley Electoral.