LXV Legislatura Avala Reformas Constitucionales

Por unanimidad de la Asamblea, fue aprobado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Marco Vinicio Flores Guerrero mediante el cual se exhorta al Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas, a través de la Secretaría General de Gobierno, para que se instale en la entidad el Consejo Estatal de Población de Zacatecas y sea responsable de todo lo concerniente a la política demográfica de la entidad, así como de la elaboración del programa estatal de población.

 

En tribuna, el legislador Flores Guerrero explicó que los Consejos Estatales de Población en México, se clasifican como instancias políticas, administrativas y de coordinación interinstitucional que tienen como objetivo coordinar y promover acciones para la instrumentación de las políticas de población en las entidades federativas, teniendo en consideración la heterogeneidad demográfica para el desarrollo de estrategias diferenciadas en el tratamiento de los retos y prioridades de cada entidad.

 

Inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal

Con 18 votos a favor y 10 en contra, fue aprobada la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal.

 

Mediante la reforma aprobada, se establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución.

 

 

 

Asimismo, el documento señala que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.

 

Mientras que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijaran efectos generales. No procederá el juicio de amparo, contra adicciones o reformas a esta Constitución.

 

Reformas Constitucionales en materia de Bienestar

De manera unánime, el Pleno Legislativo del estado de Zacatecas aprobó la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Bienestar, a fin de asegurar un esquema de apoyos para la población en condición de vulnerabilidad.

 

Mediante la reforma constitucional en mención, se establece que el Estado destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes y oportunos, conforme al principio de progresividad, para garantizar los derechos establecidos que impliquen la transferencia de recursos directos hacia la población destinataria, y el monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

 

Asimismo, se garantiza el derecho a una vivienda adecuada, la entrega de apoyos a personas con discapacidad, reduce a 65 años el otorgamiento de la pensión para los adultos mayores, se eleva a rango constitucional el programa Sembrando Vida, se establece el apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala; y, un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.

 

Además, se establece que, el Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables.

 

Al momento de registrarse la discusión de la minuta, se registraron para hablar a favor la diputada y diputados José Luis González Orozco, Jaime Manuel Esquivel Hurtado y Maribel Villalpando Haro

 

 

 

 

Agotado el orden del día, la presidenta de la mesa directiva, Susana Barragán Espinosa, citó a las y los diputados para el 31 de octubre a las 8:00 horas, para la siguiente sesión ordinaria.

 

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